Si asume las obras de adecuación…
Si encuentra un local de alquiler pero tiene que asumir las obras de adecuación, sea precavido…

En casos como éste el contrato de arrendamiento ya suele mencionar los trámites y obras a realizar, pero suele hacerlo a favor del propietario. Por ejemplo:
- Se incorporan cláusulas en las que se indica que el local se arrienda sin las acometidas generales, ni ramales, ni instalaciones de ningún tipo, y que es su empresa la que los instalará a su costa.
- También se prohíbe expresamente alterar los elementos comunes del edificio, salvo acuerdo expreso de la comunidad.
- Asimismo, se prohíbe cualquier trabajo que no figure descrito en el proyecto de obra (que se incorpora como anexo y que se considera parte integrante del contrato).
Es posible, por tanto, que al realizar las obras o al obtener los permisos correspondientes, sea necesaria alguna alteración. Ante esta eventualidad, tome precauciones:
- Asegúrese de que el local será apto para el destino previsto y de que el propietario conoce dicho destino. Deje claro que podrá rescindir el contrato sin penalización en caso de que finalmente la actividad no pueda desarrollarse por causas ajenas a su voluntad.
- Si el contrato indica expresamente que el incumplimiento de unas obligaciones concretas permitirá al propietario su rescisión, asegúrese de que podrá cumplirlas. Por ejemplo, si se trata de una finca regia y le exigen una determinada estética de los elementos exteriores, deberá cumplir con dicha estética.
- Si el contrato incluye una cláusula genérica de rescisión por incumplimiento, para que el propietario pueda instar dicha rescisión será necesario que el incumplimiento sea grave. No será grave, por ejemplo, realizar pequeñas obras no previstas en el proyecto pero necesarias para legalizar el local (cambiar el sentido de apertura de una puerta, suprimir un escalón para facilitar el acceso a personas con minusvalía...), pero sí lo sería, en cambio, modificar la fachada o abrir una puerta al vestíbulo de la finca, salvo autorización de la comunidad de propietarios.
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